ASOCIACIÓN DE MATEMÁTICA EDUCATIVA

 

 

FINES Y OBJETIVOS

EXTRACTOS TOMADOS DEL ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE MATEMÁTICA EDUCATIVA (ASOMED)

LOS FINES DE ASOMED

 

FUENTES DE FINANCIAMIENTOS

La Asociación contará con:

  • Las cuotas de ingreso y mensualidades de sus miembros que fijará la
  • Asamblea general
  • Las cuotas de carácter extraordinario
  • Las donaciones o contribuciones de organismos o instituciones
  • públicas o privadas, nacionales o extranjeras
  • Subvenciones o subsidios que otorguen personas físicas o jurídicas,
  • nacionales o extranjeras
  • Los fondos que se obtengan posventa de materiales editados por la
  • asociación o por venta de servicios.

 

CATEGORÍAS DE ASOCIADOS

La Asociación tendrá las siguientes categorías de asociados:

  • Fundadores: Son los asociados participantes en la Asamblea
  • Constitutiva y que quedan anotados en el Acta Constitutiva
  • Activos: Son los socios que ingresen posteriormente a la Asamblea
  • Constitutiva y que estén en pleno goce de sus derechos
  • Honorarios: Serán aquellas personas que hayan colaborado
  • efectivamente al desarrollo y consolidación de la Asociación, así como
  • en los fines que esta propone. La categoría de asociado honorario
  • será por recomendación de la Junta directiva y aprobado por la
  • Asamblea General.

 

Tendrán derecho a voto los asociados activos y los asociados fundadores que estén en pleno goce de sus derechos como asociados activos. Los asociados honorarios solamente podrán asistir a las asambleas generales con derecho a voz pero sin voto, no pudiendo ser electos en los cargos directivos, ni fiscalía, ni estarán sujetos a los demás deberes que tienen los asociados activos y fundadores.

REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN DE ASOCIADOS

  • Manifestar por escrito ante la Junta Directiva, su deseo de pertenecer
  • a la Asociación.
  • Toda solicitud deberá ir acompañada de: evidencias documentales del
  • ejercicio de la docencia e investigación en el campo de la enseñanza
  • de Matemática; evidencia documental de que haya realizado o realice
  • estudios en el campo de Matemática Educativa y; recomendaciones
  • de dos socios fundadores o activos.

La afiliación deberá ser aprobada por la Junta Directiva en ocho días.

CAUSAS POR LAS QUE LOS SOCIOS DEJAN DE PERTENECER A LA ASOCIACIÓN

  • Fallecimiento
  • Renuncia vuluntaria, dirigida por escrito a la Junta Directiva
  • Retiro temporal, mediante solicitud escrita dirigida a la Junta Directiva
  • Por expulsión acordada por las dos terceras partes de los miembros
  • de la Junta Directiva, por alguna de las siguientes causas: Uso del
  • nombre de la Asociación para intereses personales o uso
  • indebido de activos físicos y económicos de la Asociación;
  • conducta inmoral que atente y comprometa el buen nombre
  • de la Asociación; por actuar en nombre de la Asociación
  • sin estar facultado para ello; no pago de seis cuotas
  • consecutivas no justificadas y; la ausencia injustificada
  • a dos asambleas generales consecutivas.

 

DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

  • Elegir y ser electo para los cargos de la Junta Directiva y de la fiscalía,
  • en la forma en que se define en el Estatuto de la Asociación
  • Elevar por escrito, a los órganos de la Asociación sus peticiones,
  • quejas o sugerencias
  • Participar con voz y voto en las Asambleas Generales
  • Presentar mociones y sugerencias en Asambleas
  • Denunciar ante la fiscalía y la Asamblea General de la Asociación,
  • cualquier irregularidad que notare en el desempeño de las funciones
  • de directivos y otros miembros de la Asociación
  • Examinar los libros, documentos y actuaciones de la Asociación y de
  • los funcionarios encargados de ellos

 

DEBERES DE LOS ASOCIADOS

  • Cumplir con la Ley de Asociaciones y los Estatutos y Reglamentos de
  • la Asociación
  • Participar en las Asambleas Generales y reuniones a que fuera
  • convocado
  • Participar en las actividades de la Asociación
  • Velar por el cumplimiento de los fines de la Asociación
  • Contribuir económicamente al mantenimiento de la Asociación
  • Participar activamente en la toma de decisiones y la ejecución de las
  • mismas
  • Pagar puntualmente las cuotas.

 

ORGANOS DE GOBIERNO ESENCIALES

  • La Asamblea General
  • La Junta Directiva
  • La Fiscalía

 

LA ASAMBLEA GENERAL

Legalmente convocado, es el órgano supremo de la Asociación, compuesto por la totalidad de sus asociados, expresa la voluntad colectiva en las materias de su competencia. Son competencia de la Asamblea General, las facultades que la Ley o los Estatutos no atribuyen a otros órganos. Las decisiones de la Asamblea General son inapelables. Existen dos tipos de Asambleas Generales: Ordinarias y Extraordinarias.

Se efectuará una Asamblea General Ordinaria anual, durante la primera quincena del mes de septiembre con el fin de escuchar el informe de labores del Presidente, del Tesorero y de la Fiscalía, se elegirán cuando corresponda a los miembros de la Junta Directiva y Fiscalía y los asuntos incluidos en el orden del día.

El quórum para que la Asamblea sesione será del cincuenta por ciento de la totalidad de sus miembros inscritos al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria. De no presentarse el mínimo indicado, se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con el número de asociados activos presentes, que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles en los órganos de la Asociación. Los asuntos y resoluciones deberán aprobarse por más de la mitad de los asociados presentes, excepto en aquellos casos que por Ley o por Estatutos, se requiera de las dos terceras partes de los votos de los asociados.

ATRIBUCIONES DE LAS ASAMBLEAS GENERALES

  • Elegir cada dos años los miembros de la Junta directiva y el Fiscal
  • Conocer, aprobar, rechazar o modificar los informes de labores que
  • rindan los otros órganos
  • Aprobar la compra de bienes y aceptar donaciones y legados
  • Aprobar los reglamentos que dicta la Junta Directiva o someta a su
  • consideración un grupo de al menos diez socios activos
  • Aprobar el presupuesto del año correspondiente
  • Destituir a los miembros de la Junta Directiva y Fiscal según estudio
  • previo
  • Tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha de la Asociación
  • y el cumplimiento de sus fines, acorde con los Estatutos
  • Conocer y resolver los recursos de apelación a los acuerdos de la
  • Junta Directiva que interpongan los asociados
  • Fijar las cuotas que los asociados
  • Nombrar comisiones para fines específicos

 

DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cada vez que la Junta Directiva la convoque, por medio de su Presidente o bien al menos cuatro de los miembros de la Junta Directiva, o lo solicite por escrito en forma vinculante, un grupo no menor al veinte por ciento de los miembros asociados, o cuando la Fiscalía lo considere necesario. Para considerarse constituida procede lo establecido para el quórum de las Asambleas Ordinarias.

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

  • Llenar las vacantes ocurridas por ausencias definitivas en la Junta
  • Directiva o Fiscalía, por el resto del período
  • Reformar los reglamentos y el estatuto de la Asociación
  • Acordar la disolución de la Asociación

 

Las reformas parciales o totales de los Estatutos, deberán hacerse en Asamblea Extraordinaria representada por lo menos con las tres cuartas partes del total de los asociados presente; si esta Asamblea Extraordinaria se reuniere en segunda convocatoria, se constituirá válida cualquiera que sea el número de asociados que concurran. Las resoluciones para reformar total o parcialmente los estatutos habrán de tomarse por más de las dos terceras partes de los votos de los miembros presentes.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

La dirección de la Asociación reside en la Junta directiva que estará integrada por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero, un Secretario de actas y correspondencia y tres Vocales. La elección de los miembros la hará la Asamblea General Ordinaria en la primera quincena del mes de septiembre por un periodo de dos años y tomarán posesión en sus cargos el dieciséis de septiembre del año que corresponda.

Para ser elegido como miembro de la Junta Directiva se requiere haber sido miembro activo durante al menos un año. Los miembros de la Junta Directiva pueden ser reelectos en sus cargos. La elección de los miembros de la Junta directiva se hará por votación secreta, por separado para cada uno de sus miembros. Resultarán elegidas las personas que alcancen el mayor número de votos en la elección para cada puesto, siempre que este número no sea menor del cuarenta por ciento del número de votos de los presentes. De no alcanzarse este porcentaje del cuarenta por ciento, se repetirá la votación entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos.